
Coronavirus: ¿Qué docentes están exceptuados de presencialidad?

El Ministerio de Educación de San Juan definió en qué casos los docentes estarán dispensados de presencialidad debido a la pandemia de coronavirus.
Se trata de la resolución N°0031 (13 de enero 2022) que en los considerandos de la norma hace referencia al decreto 0032/2021 que en el artículo 4° establece: “Solamente quedan exceptuados en retornar a la actividad presencial, los docentes que tengan ellos o un menor a su cargo, algunas de las siguientes condiciones”:
Personas con inmunodeficiencia:
Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave.
VIH dependiendo del status (<350 CD4 o con carga viral detectable).
Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 3 mg día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).
Pacientes oncológicos o trasplantados:
Con enfermedad oncohematológica hasta 6 meses posteriores a la remisión completa.
Con tumor de órgano sólido en tratamiento.
Trasplantados de órganos sólidos o de precursores hernalopoyéticos, con inmunodeficiencias, oncológicos y/o trasplantados.
Al mismo tiempo, se aclara que en el supuesto que ambos padres fuesen docentes, solo tendrá derecho a la dispensa uno de ellos.
También se estableció con carácter excepcional la continuidad en sus funciones de los docentes que reemplacen a otros docentes (hasta tanto se disponga lo contrario) en horas cátedras y o cargos de los distintos niveles y modalidades, al personal docente que se encuentra encuadrado en las licencias covid-19 del artículo 4 del decreto 0032/2021.